Seguro de carga automotriz

Cobertura de seguro para carga de clientes automotrices

Los Vehículos que sufran cualquier pérdida y/o daño parcial o total mientras estén bajo el cuidado, control y custodia de FERROMEX, podrán clasificarse con daños CA (Comercialmente Aceptables o código 1 y 2 de severidad según la AAR) y CNA (Comercialmente No Aceptables o código de severidad 3,4 y 5 según la AAR) comparando los Reportes de Inspección en origen y destino. El Cliente será responsable de determinar técnicamente la clasificación del daño con un dictamen escrito de su área de Calidad.

FERROMEX, hasta el monto máximo establecido en esta cláusula, aceptará reclamaciones por pérdida y/o daño parcial o total que hayan sufrido los vehículos durante su transporte, que sean presentadas por El Cliente por escrito o vía electrónica hasta 180 días naturales posteriores a la fecha de entrega (o entrega parcial según sea el caso) o bien, a partir de la fecha en la que la pérdida y/o daño parcial o total hubiera sido notificada al consignatario, según corresponda; las reclamaciones se manejaran de conformidad con el proceso de reclamaciones descrito en el presente comunicado. Además de lo señalado en la presente cobertura.

FERROMEX, aceptará reclamaciones por pérdidas o daños parciales o totales incluyendo el costo logístico (en caso de ser aplicable) hasta por una suma de $ 4,500,000.00 M.N. (Cuatro millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) por tren entendiéndose por éste, al mínimo de 75 plataformas automotrices, o en su defecto, a la parte proporcional por plataforma viajando en un solo tren de un mismo origen a un mismo destino. En todos los casos se aplicará un deducible de 7% (Siete por ciento) del monto total de la reclamación, sin importar el tipo de evento. El importe base para la aplicación del deducible será sobre el valor total reclamado.

En ningún caso, FERROMEX será responsable del pago de daños y reclamaciones por debajo de $ 18,000.00 M.N. (Dieciocho mil pesos 00/100 M.N.).

La cobertura ofrecida por FERROMEX no impide que la aseguradora de El Cliente haga uso de sus derechos de subrogación por la cantidad que exceda el monto de la responsabilidad de FERROMEX que aquí se establece. En el mismo sentido, ninguna disposición contenida en esta cobertura podrá ser considerada, ni interpretada como una afectación a los derechos de subrogación de la aseguradora.

La reparación de cualquier pérdida y/o daño parcial o total imputable a la transportación ferroviaria, se hará con base en la hoja de cargo que firmen los representantes de FERROMEX y los representantes de El Cliente. El Cliente tomará como base para la elaboración de las Hojas de Cargo los reportes de inspección de la carga y descarga de los vehículos. La valuación del monto de reparación se hará por el concesionario autorizado por El Cliente yla evidencia fotográfica será aportada por la compañía inspectora o representante que FERROMEX designe para estos fines.

En ningún caso FERROMEX será responsable de cualquier pérdida y/o daños no imputables a la transportación ferroviaria de acuerdo con los reportes de inspección y hojas de cargo correspondientes.

Limitaciones de Responsabilidad: FERROMEX no tendrá responsabilidad por pérdida, daño o menoscabo a la Carga bajo las siguientes circunstancias, incluyendo, sin limitar:

  • Daño y/o pérdida a Vehículos o Auto Partes mientras no estén en posesión, cuidado y custodia de FERROMEX y/o sus subcontratistas autorizados.
  • Caso Fortuito o fuerza mayor. Actos de autoridad.
  • Asalto organizado, revueltas y/o terrorismo.
  • En el caso de las Auto partes, errores inherentes a la estiba y/o resistencia del empaque de la Carga.
  • En el caso de los Vehículos, defectos de fabricación y congelación o fuga de fluidos.
  • Daños especiales, consecuenciales, indirectos, no definidos o punitivos.
  • Negligencia, actos u omisión por parte de El Cliente o sus agentes o representantes debidamente acreditados.
  • En caso de Auto Partes, FERROMEX no será responsable por bienes extraviados no ubicados o encontrados en carros contenedores con sellos intactos, a menos que sea anotado en el reporte de inspección.

Las Partes están de acuerdo en que el proceso por virtud del cual definirán las responsabilidades de cada una con respecto a las reclamaciones relacionadas con la Carga, se detallan en el Proceso de Reclamaciones.


Proceso de Reclamaciones


Las Partes acuerdan que las siguientes disposiciones son obligatorias para FERROMEX y El Cliente y que forman parte integrante de la presente cobertura al que se anexan:

1. Responsabilidades y Limitaciones:

La responsabilidad de FERROMEX sobre cualquier robo, pérdida y/o daño parcial o total se determinará comparando los resultados de las inspecciones realizadas al momento de la recepción y de la entrega respectivamente.

Las reclamaciones por daños o pérdidas a Vehículos se deberán presentar electrónicamente o por escrito a FERROMEX dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de entrega en el caso de las Rutas de Importación o Puertos como Punto de Destino y seis (6) meses siguientes a la fecha de entrega en el Punto de Intercambio para el caso de Rutas de Exportación por frontera o, en el caso de faltantes o pérdidas, la fecha en que azonablemente se espera que la entrega se lleve a cabo.

FERROMEX será responsable de hacer una inspección a los Vehículos al momento de su recepción en el Punto de Origen o Intercambio y al momento de la entrega en el Punto de Destino, con base en los siguientes parámetros:

  • El objetivo de la inspección es documentar la condición en que se reciben los Vehículos en el Punto de Origen o Intercambio y como se entregan en el Punto de Destino
  • FERROMEX será responsable de cubrir el costo de sus propias inspecciones
  • Las inspecciones podrán ser conjuntas entre la casa inspectora designada por FERROMEX y un tercero designado por El Cliente en los Puntos de Origen o Destino
  • Los resultados de las inspecciones se documentarán a través de un acta firmada por la casa inspectora designada por FERROMEX y un tercero designado por El Cliente en los Puntos de Origen o Destino
  • FERROMEX es responsable de mantener y administrar la información de sus inspecciones

FERROMEX no será responsable por cualquier daño y/o pérdida a los Vehículos en cualquiera de los siguientes casos:

  • Cuando los daños sean consecuencia de alguna de las causas señaladas en el artículo 51 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.
  • Por vicios propios de los Vehículos o por aseguramiento inadecuado de los mismos dentro de los Carros.

El Cliente será el único responsable de determinar el grado de daño y/o pérdida parcial o total a los Vehículos:

  1. Cualquier Vehículo que sufra cualquier daño y/o pérdida parcial o total que pueda ser reparado para ser vendido como Vehículo Nuevo será clasificado como "Clase 1 (uno)". FERROMEX será responsable de cubrir cualesquier costos relacionados con la reparación del Vehículo de acuerdo con la presente Cobertura.
  2. Cualquier Vehículo que sufra cualquier daño y/o pérdida parcial o total que no pueda ser reparado para ser vendido como Vehículo Nuevo será clasificado como "Clase 2 (dos)". En el caso de los Vehículos Importados o comercializables en México, FERROMEX tendrá la opción de adquirir el Vehículo dañado a precio de venta a distribuidor. En el caso de Vehículos de Exportación o no comercializables en México, FERROMEX será responsable de cubrir cualesquier costos relacionados con la reparación del Vehículo sin opción de adquirir el vehículo dañado.
  3. Cualquier Vehículo que sufra un daño que no pueda ser reparado será clasificado como "Clase 3 (tres)". Se considera Clase 3 ó "pérdida total" a los daños no reparables que están relacionados con daños severos al cuerpo (panel) y/o cualesquier otros daños que afecten la comerciabilidad, seguridad, durabilidad o confiabilidad del Vehículo. FERROMEX será responsable de pagar el valor total del Vehículo al precio de venta a distribuidor establecido por El Cliente, más el costo de la destrucción del Vehículo, menos el 15% (quince) del valor de recuperación o salvamento.

Cualquier daño con un código de severidad 1 o 2 bajo las normas de la AAR se considerará como no imputable a FERROMEX.

2. Documentación:

Toda reclamación estará debidamente sustentada mediante los documentos requeridos por el Departamento de Administración de Riesgo de FERROMEX y estará disponible en el sistema El Cliente mejor convenga. FERROMEX podrá solicitar la revisión en físico de aquellas excepciones que no puedan ser seguidas en el sistema de El Cliente.

Los documentos que se deberán de incluir serán los siguientes:

  • Carta de Formal de Reclamación en Hoja Membretada, detallando: concepto del reclamo, monto de la reclamación, descripción detallada, Número de Identificación Vehicular "NIV", Número de Multinivel, así como Nombre y Firma de quien reclama
  • Archivo en formato de hoja de cálculo que contenga: ruta, fecha de la guía del Carro, fecha de llegada del flete, número de factura de reparación, modelo del vehículo, código de severidad, monto de reparación, descripción completa del daño, conciliación de reportes de inspección origen y destino e imágenes digitales de la pérdida y/o daño
  • Copia de las inspecciones de origen y destino
  • Copia de la Factura de Exportación o Soporte del precio vigente emitido por El Cliente
  • Copia de los comprobantes de los Gastos de Reparación causados por los daños y/o faltantes ocasionados. Para reclamos provenientes de USA/Canadá solo se tendrá disponible la información de reparaciones descritas en la relación de daños reparados en el sistema de El Cliente.
  • Sumario de gastos incurridos por El Cliente, tales como gastos de procesamiento administrativo, impuestos generados por reparación y perdida de venta en caso de que el daño en el vehículo haya ocasionado que se clasifique como "Clase 2 (dos)".

3. Pago de Tarifas de Transportación:

Todos los cargos de Tarifas serán pagados al 100% (cien por ciento) por El Cliente antes de la presentación de cualquier reclamación.

4. Pago de Reclamaciones:

FERROMEX aceptará las reclamaciones con motivo de cualquier daño y/o pérdida parcial o total que lleguen a sufrir los Vehículos, que presente El Cliente por escrito o vía electrónica, dentro de 6 (seis) meses siguientes a la fecha de la entrega (o entrega parcial, según sea el caso) en el caso de las Rutas de Importación o Puertos como Punto de Destino y seis (6) meses siguientes a la fecha de entrega en el Punto de Intercambio para el caso de Rutas de Exportación por frontera.

FERROMEX tendrá 30 días naturales para aceptar, solicitar una modificación o rechazar una reclamación con la razón y evidencia que soporte la modificación o el rechazo, según sea el caso vía sistema que El Cliente designe.

El Cliente tendrá 15 días naturales para complementar o modificar la reclamación con base en la evidencia presentada por FERROMEX, asimismo, FERROMEX revisará la información y dará todo el soporte necesario para la aceptación o rechazo del reclamo.

FERROMEX tendrá 15 días naturales adicionales para aceptar o rechazar una reclamación con la razón y evidencia que soporte el rechazo. Si FERROMEX excede los 15 días naturales adicionales para dar respuesta, entonces, se entenderá como aceptado el reclamo quedando en espera del pago correspondiente.